- Verifactu será obligatorio en dos fases en 2027: primero para empresas del Impuesto sobre Sociedades y después para pymes y autónomos.
- El aplazamiento no afecta a la obligación de que todo software de facturación vendido desde julio de 2025 esté adaptado a Verifactu y al Reglamento SIF.
- Organizaciones empresariales y técnicos de Hacienda valoran positivamente el nuevo calendario, pero alertan de costes, sanciones y riesgo de cuellos de botella.
- Verifactu se enmarca en la Ley Antifraude y en la adaptación al proyecto europeo ViDA para la facturación en la era digital.

El Ministerio de Hacienda ha decidido reordenar el calendario de implantación del nuevo sistema de verificación de facturas Verifactu, dando algo de aire a empresas, pymes y autónomos que se veían con el tiempo justo. Aunque la entrada obligatoria se retrasa hasta 2027, la hoja de ruta tecnológica y legal sigue avanzando y buena parte de las obligaciones se mantienen intactas.
Este cambio llega tras meses de presión del tejido empresarial y de los propios técnicos de Hacienda, que alertaban de que una mayoría de pequeñas y medianas empresas no llegaban a tiempo. Aun así, la prórroga no supone un cheque en blanco: la compra de nuevo software de facturación, las exigencias de la Ley Antifraude y la adaptación a los requisitos del Reglamento SIF seguirán marcando el paso en los próximos años.
Un calendario rediseñado: cuándo será obligatorio Verifactu
Hacienda ha optado por escalonar la obligatoriedad de Verifactu en dos grandes hitos, con el objetivo de acompasar la implantación al tamaño y capacidad de las empresas. El nuevo calendario fija dos fechas clave en 2027, que sustituyen al despliegue más acelerado que se barajaba inicialmente.
En la nueva planificación, las sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades serán las primeras en quedar obligadas a utilizar sistemas de facturación verificable, en una suerte de primera ola que servirá también de prueba de estrés para el modelo. Posteriormente será el turno de pymes y autónomos, que dispondrán de unos meses adicionales para completar su adaptación tecnológica.
Así quedan las dos fases de entrada en vigor del sistema:
- 1 de enero de 2027: inicio de la obligación de emitir facturas verificables para las empresas sometidas al Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027: incorporación del resto de pymes y autónomos que no forman parte del Suministro Inmediato de Información (SII).
La decisión ha sido interpretada como una corrección del rumbo inicial por parte del departamento que encabeza María Jesús Montero, después de que diversos sectores advirtieran de la complejidad de asumir en tan poco tiempo un cambio que afecta al corazón de sus procesos administrativos y contables.

Qué se aplaza y qué no: obligaciones que siguen en pie
El mensaje que lanzan los expertos es claro: el calendario de uso se retrasa, pero las obligaciones de adaptación del software siguen su curso. Es decir, se gana algo de margen en la fecha tope para usar Verifactu, pero no se congela la normativa que regula cómo deben ser los programas de facturación.
Una de las claves está en el momento de adquisición de nuevas soluciones tecnológicas. Cualquier empresa o profesional que compre, cambie o incorpore un programa de facturación a partir del 29 de julio de 2025 deberá asegurarse de que ese software está plenamente adaptado a Verifactu y al Reglamento SIF (Sistemas Informáticos de Facturación). No sirve aplazar: desde esa fecha, solo se podrán adquirir herramientas ya homologadas.
Esto afecta tanto a compañías que renueven su sistema como a quienes inicien una nueva actividad o incorporen módulos adicionales a su solución actual. A la vez, no se modifican las obligaciones derivadas de la Ley Antifraude: incluso el software ya instalado tiene que ir adaptándose mediante actualizaciones que respeten los requisitos de integridad, trazabilidad y conservación segura de los registros.
En paralelo, Hacienda mantiene su compromiso de ofrecer una herramienta gratuita con funciones básicas para quienes necesiten una solución mínima. No obstante, se da por hecho que una parte importante del tejido empresarial requerirá aplicaciones más completas, suministradas por proveedores privados, para gestionar adecuadamente sus volúmenes de facturación y sus procesos internos.
Los cálculos de algunos actores del sector apuntan a que la adaptación tendrá un coste medio estimado de entre 100 y 120 euros al año por empresa, una cifra que, aunque asumible para muchas organizaciones, puede suponer un esfuerzo adicional para los negocios más pequeños en un contexto de incremento constante de costes laborales y regulatorios.
Visión de Hacienda y de los técnicos: más tiempo, mismo objetivo
Los técnicos del Ministerio de Hacienda, agrupados en Gestha, han valorado positivamente la decisión de ampliar plazos. En sus análisis, señalan que conceder más tiempo reducirá el riesgo de errores y facilitará que las compañías afronten la transición con sistemas mejor probados y configurados, sin necesidad de carreras de última hora.
Eso sí, Gestha recuerda que la prórroga no altera los pilares de la reforma. Los sistemas de facturación, una vez adaptados, deberán garantizar que los registros generados son inalterables, trazables y se conservan de forma segura, evitando la manipulación o el borrado de facturas. Se exige una arquitectura tecnológica que impida la doble contabilidad y otros mecanismos habituales de fraude.
Desde el Ministerio subrayan que Verifactu es una pieza más dentro de la estrategia de modernización fiscal y de lucha contra la economía sumergida. La idea es que cada factura electrónica o registro asociado deje un rastro fiable que pueda ser consultado, auditado y cruzado por la Agencia Tributaria, reduciendo así los márgenes de opacidad que persisten en determinados sectores.
En los últimos meses, la propia Hacienda ha estado probando el sistema con empresas voluntarias, lo que ha permitido detectar cuellos de botella técnicos. En algunas fases de test se pasó, según datos del sector, de tres millones a más de veinte millones de registros en cuestión de semanas, señal de que muchas compañías estaban intentando cumplir casi al límite del primer calendario previsto.
Ese comportamiento, centrado en apurar los plazos, es uno de los factores que ha llevado a defender un despliegue más pausado, al tiempo que se insiste en que quienes se adapten antes llegarán mejor posicionados a 2027, evitando prisas y potenciales incidencias cuando el sistema se vuelva obligatorio.
Reacciones empresariales: alivio, preocupación por costes y miedo a sanciones
El tejido empresarial llevaba meses presionando para reformular el calendario de Verifactu y el nuevo esquema ha sido recibido, en general, como una válvula de escape necesaria. Muchas organizaciones consideraban que el diseño inicial podía convertirse en un serio problema para negocios con recursos tecnológicos limitados.
Asociaciones de sectores como el alimentario, entre ellas Ceoppan, Fedepesca o Cedecarne, habían advertido de que una entrada en vigor más temprana habría supuesto una carga difícil de gestionar para miles de pequeños comercios que todavía dependen de software muy básico o incluso de sistemas manuales. En un contexto de márgenes ajustados, la inversión en nuevas plataformas y la formación del personal se percibía como un obstáculo adicional.
Estas patronales han celebrado que el Gobierno haya tenido en cuenta sus reclamaciones y han descrito el aplazamiento como un respiro para los negocios con menor grado de digitalización. No obstante, recuerdan que sigue vigente un duro régimen sancionador: el uso de programas de facturación no certificados o que permitan la alteración de registros puede acarrear multas de hasta 50.000 euros, una cifra que podría comprometer la viabilidad de muchos pequeños establecimientos.
Desde la Confederación Española de Asociaciones de Jóvenes Empresarios (Ceaje), el cambio de fechas se interpreta como una medida imprescindible para evitar poner “contra las cuerdas” a quienes están arrancando su proyecto o se encuentran en fase de consolidación. Para estas empresas emergentes, una sobrecarga tecnológica precipitada podría frenar su crecimiento o desviar recursos clave.
Por su parte, la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (Cepyme) también valora positivamente el rediseño del calendario, al considerar que permitirá alinear mejor la implantación con la realidad operativa de las pymes. Al mismo tiempo, Cepyme insiste en que las siguientes fases de desarrollo normativo y técnico deben planificarse con un enfoque pragmático, evitando costes desproporcionados y exigiendo que se tenga en cuenta la diversidad de situaciones que se dan en el tejido empresarial.
Digitalización obligada: preparación tecnológica y riesgo de cuello de botella
Más allá de las fechas, Verifactu pone sobre la mesa la necesidad de acelerar la digitalización de la facturación en España. Para muchas pymes y autónomos, el cambio supone abandonar sistemas tradicionales o herramientas informales y migrar a soluciones estructuradas, integradas y homologadas, lo que implica tiempo, dinero y aprendizaje interno.
Responsables de compañías tecnológicas especializadas en gestión empresarial subrayan que la ampliación del plazo no debe interpretarse como una invitación a quedarse de brazos cruzados. Según datos difundidos por el sector, cerca del 79% de las pymes reconocía no estar preparada para el calendario original, un indicador de la magnitud del reto. Dejar todo para el último momento podría provocar un colapso en la demanda de consultores, implantadores y desarrolladores.
Algunas encuestas empresariales apuntan, de hecho, a una concentración de los proyectos de adaptación a lo largo de 2026, con una clara tendencia a desplazar las implementaciones hacia el segundo semestre. Si la mayoría de compañías decide esperar a los meses previos a la entrada en vigor, el riesgo es reproducir lo que sucedió en otros países europeos cuando pusieron en marcha sistemas similares: saturación, retrasos en las puestas en marcha y dificultades para atender todas las incidencias.
Los proveedores insisten en que las organizaciones que ya han realizado la inversión no han perdido el esfuerzo, sino que ganan ventaja competitiva al disponer de soluciones testadas con antelación. Estar listos antes de tiempo reduce la probabilidad de fallos cuando Verifactu pase a ser obligatorio y permite distribuir mejor los costes y la formación del personal en el tiempo.
Para los negocios más pequeños, los expertos recomiendan explorar desde ya opciones gratuitas y homologadas que cumplan los requisitos legales, así como soluciones de bajo coste que faciliten cumplir con la normativa sin convertir la digitalización en un lastre financiero. La clave será elegir herramientas que garanticen compatibilidad con Verifactu y el Reglamento SIF, evitando inversiones que puedan quedarse obsoletas antes de 2027.

Qué es Verifactu y cómo encaja en la estrategia europea
Verifactu es el sistema de registros de facturación diseñado por la Agencia Tributaria en el marco de la Ley Antifraude. Su razón de ser es asegurar que todas las facturas emitidas por empresas y autónomos que no están en el Suministro Inmediato de Información (SII) queden registradas de manera fiable, sin posibilidad de manipulación posterior.
La norma exige que los sistemas utilizados generen registros inalterables, trazables y fácilmente accesibles, garantizando que cada asiento queda asociado a un identificador único y a una cadena de evidencias que imposibiliten su borrado o modificación sin dejar rastro. Esto supone un cambio profundo respecto a entornos en los que se podían usar programas que permitían “borrar” ventas o emitir facturas paralelas.
Dentro de Verifactu se contemplan dos grandes modalidades de funcionamiento. En la primera, denominada precisamente Verifactu, los registros de las facturas se envían a la Agencia Tributaria de forma automática e inmediata, casi en tiempo real, lo que permite a la Administración disponer de información muy actualizada sobre la actividad de cada contribuyente.
La segunda opción, conocida como No Verifactu, no requiere ese envío en tiempo real, pero mantiene todas las exigencias de seguridad, firma electrónica e integridad de la información. Las empresas pueden optar por una u otra modalidad según sus necesidades, siempre que cumplan los estándares técnicos establecidos por el Reglamento SIF.
Además, la normativa obliga a que cada factura incorpore un código QR tributario que facilite la lectura y verificación de los datos por parte de la Administración y del propio receptor. También se exige conservar los registros durante todo el período legalmente establecido, sin que sea posible purgar o editar información para eludir controles.
Este sistema no se desarrolla en el vacío: se integra en la estrategia de la Unión Europea para avanzar hacia la iniciativa VAT in the Digital Age (ViDA), que persigue armonizar los distintos modelos de facturación electrónica y control del IVA. De acuerdo con los planes comunitarios, a partir de 2035 todos los sistemas de facturación electrónica anteriores a 2024 deberán estar alineados con los estándares europeos, lo que obliga a los Estados miembros, incluida España, a evolucionar sus plataformas y marcos legales.
En ese contexto, Verifactu se presenta como un paso intermedio para adaptar el sistema tributario español a la era digital, reforzando el control del IVA y contribuyendo a la reducción del fraude, mientras se intentan equilibrar las exigencias técnicas con la capacidad real de adaptación de empresas, pymes y profesionales.
El rediseño del calendario de Verifactu da algo más de margen a los contribuyentes, pero deja claro que la transformación de la facturación y el control tributario es ya irreversible: quienes se anticipen y planifiquen con tiempo la elección de su software, la formación del equipo y la migración de procesos tendrán más opciones de llegar a 2027 con los deberes hechos, evitando prisas de última hora, sobrecostes y el impacto de un marco sancionador que será especialmente severo con los programas que no cumplan la normativa.